Artículo 755 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo segundo. Clasificación de los bienes · Capitulo II. De los bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Por igual razón se reputan muebles las acciones que cada socio tiene en las asociaciones o sociedades, aun cuando a éstas pertenezcan algunos bienes inmuebles.