Artículo 1307 del Código Civil de Durango
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Si el heredero tiene la elección puede entregar la cosa de menor valer, si la elección corresponde al legatario, puede exigir la cosa de mayor valor.