Artículo 237 del Código Civil de Durango
Libro primero. De las personas · Título quinto. Del matrimonio · Capítulo IX. De los matrimonios nulos e ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
La acción que nace de esta clase de nulidad y la que dimana del parentesco de afinidad en línea recta, pueden ejercitarse por cualquiera de los cónyuges por sus ascendientes y por el Ministerio Público.