Artículo 5.159 del Código Civil del Estado de México
Consentimiento para abrir ventana en pared común
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO QUINTO. De la Copropiedad · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Ningún copropietario puede, sin consentimiento del otro, abrir ventana ni claro alguno en pared común, si lo hiciere está obligado a su cancelación y al pago de indemnización.