Artículo 7.1005 del Código Civil del Estado de México
Límite de la obligación del fiador
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMOTERCERO. De la Fianza · CAPITULO I. De la Fianza en General
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El fiador puede obligarse a menos y no a más que el deudor principal. Si se hubiere obligado a más, se reducirá su obligación a la del deudor. En caso de duda se presume que se obligó por el monto de la obligación principal.