Artículo 7.1115 del Código Civil del Estado de México
Hipoteca sobre bien asegurado y destruido
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMOQUINTO. De la Hipoteca · CAPITULO I. De la Hipoteca en General
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si el bien estuviere asegurado y se destruyere, subsistirá la hipoteca, en lo que quede, y además, el valor del seguro quedará afecto al pago.
Si el crédito no fuere de plazo cumplido, podrá exigir el acreedor, que se constituya hipoteca en otros bienes que garanticen, o de no hacerlo así, se pague su crédito, dándose por vencido desde luego el plazo.