Artículo 1337 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Primero. Fuentes de las obligaciones · Capítulo I. Contratos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
En el caso de la mancomunidad por herencia, cada uno de los herederos responderá de la parte de la pena que le corresponda, en proporción a su cuota hereditaria.