Artículo 109 del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título cuarto. De la aplicación de las penas y medidas de seguridad · Capítulo IV. Reglas comunes para la conmutación y la condena condicional
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Si el juez o el tribunal omiten el pronunciamiento sobre la conmutación o la condena condicional, las partes podrán solicitarle que resuelvan la deficiencia en la aclaración de sentencia o de resoluciones, según corresponda.