Artículo 258 del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título tercero. De los delitos contra la administración pública · Capítulo IV. Desobediencia, resistencia y exigencia de particulares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
A quien empleando la violencia física o moral se oponga a que una autoridad ejerza alguna de sus funciones o resista el cumplimiento de una de sus órdenes cuya ejecución se lleve a cabo en forma legal, se le aplicará de dos a seis años de prisión y de veinte a sesenta días multa.