Artículo 263 del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título tercero. De los delitos contra la administración pública · Capítulo IX. Disposiciones comunes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Para los efectos de este Código, se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial, a los funcionarios y empleados del Estado y de los municipios y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública estatal o municipal o en organismos descentralizados, desconcentrados, autónomos, fideicomisos públicos o empresas de participación estatal mayoritaria u organizaciones y sociedades asimiladas a éstas.