Artículo 105 del Código Penal de Guerrero
Objeto de la rehabilitación
Libro Primero. Parte general · Título Sexto. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad · Capítulo VI. Rehabilitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
La rehabilitación tiene por objeto reintegrar a la persona sentenciada en el goce de los derechos, funciones o empleo de cuyo ejercicio se le haya suspendido o inhabilitado en virtud de sentencia firme.
La persona sentenciada que considere tener derecho a la rehabilitación, podrá promover el incidente respectivo ante la autoridad judicial.