Artículo 1827 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo I. Contratos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
La cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal.