Artículo 1265 del Código Civil de Jalisco
LIBRO CUARTO. De las obligaciones · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones · CAPÍTULO II. De los contratos · Sección Primera. De su validez
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El contrato puede ser invalidado:
I.Por incapacidad;
II.Por vicios de consentimiento;
III.Porque su objeto o su causa sean ilícitos; y
IV.Por defectos en la forma establecida por la ley.