Artículo 1207 del Código Civil de Nayarit
Libro tercero. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo I. Contratos · De la capacidad · Representación · Del consentimiento · Vicios del consentimiento · Del objeto y del motivo o fin de los contratos · Forma
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por todas las personas a las cuales se imponga esa obligación.
(REFORMADO, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
Si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, imprimirá su huella digital.
(ADICIONADO, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
Si el contrato consta en documento electrónico, debe estar plasmada la Firma Electrónica Avanzada o el Sello Electrónico de las personas que intervengan en el acto. La omisión de este requisito tendrá los mismos efectos que la falta de firma autógrafa en documentos en físico.