CPNL · Art. 201 Bis 1

Artículo 201 Bis 1 del Código Penal de Nuevo León

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TITULO QUINTO. DELITOS CONTRA LA MORAL. PUBLICA · CAPITULO II. CORRUPCIÓN DE MENORES O DE PERSONAS PRIVADAS DE LA VOLUNTAD Y PORNOGRAFÍA INFANTIL

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 15 de junio de 2026

LA SANCION POR EL DELITO DE PORNOGRAFIA SERA DE

I.-10 A 14 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 500 A 3,000 CUOTAS, SI LA PERSONA OFENDIDA FUERE DE 13 AÑOS O MAYOR, PERO MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD;

II.-13 A 18 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 700 A 4,000 CUOTAS, SI LA PERSONA OFENDIDA FUERE DE 11 AÑOS O MAYOR, PERO MENOR DE 13 AÑOS DE EDAD;

III.-15 A 21 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 1,000 A 4,500 CUOTAS, SI LA PERSONA OFENDIDA FUERE MENOR DE 11 AÑOS DE EDAD; Y

IV.-CUANDO NO SEA POSIBLE DETERMINAR CON PRECISION LA EDAD DE LA PERSONA OFENDIDA, PERO SE CUENTE CON CLARA EVIDENCIA DE QUE SE TRATA DE UN MENOR DE EDAD, DE 15 A 21 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 1000 A 4,500 CUOTAS.

EN TODOS LOS CASOS SE APLICARA TAMBIEN COMO PENA EL DECOMISO DE LOS OBJETOS, INSTRUMENTOS Y PRODUCTOS DEL DELITO, RESPETANDO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

Sobre este texto
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440f28ca7515…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Nuevo León)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO CON SUS FRACCIONES, P.O. 28 DE ABRIL DE 2004); (ADICIONADA, P.O. 28 DE ABRIL DE 2004); (ADICIONADA P.O. 28 DE ABRIL DE 2004); (ADICIONADA P.O. 28 DE ABRIL DE 2004); (ADICIONADA P.O. 28 DE ABRIL DE 2004); (ADICIONADO, P.O. 28 DE ABRIL DE 2004)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.
  • Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.
  • conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.
  • Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.
  • Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto.

Transitorios (211 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 201 Bis 1, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-201-bis-1/

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