CPNL · Art. 260

Artículo 260 del Código Penal de Nuevo León

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TITULO DÉCIMO PRIMERO. DELITOS SEXUALES · CAPÍTULO I. ABUSO SEXUAL

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 15 de junio de 2026

EL DELITO DE ABUSO SEXUAL, SE SANCIONARÁ:

I.CUANDO EL DELITO NO INVOLUCRE EL CONTACTO DESNUDO DE ALGUNA PARTE INTIMA O DE EL O LOS GENITALES O CUANDO SE OBLIGUE AL PASIVO A OBSERVAR UN ACTO DE NATURALEZA EROTICA SEXUAL, CON UNO A CINCO AÑOS DE PRISION Y MULTA DE DOSCIENTAS A CUATROCIENTAS CUOTAS.

II.- CUANDO INVOLUCRE EL CONTACTO DESNUDO DE ALGUNA PARTE INTIMA O DE EL O LOS GENITALES, CON TRES A ONCE AÑOS DE PRISION Y MULTA DE CUATROCIENTAS A OCHOCIENTAS CUOTAS.

AL RESPONSABLE DE ABUSO SEXUAL, EL JUEZ DEBERA CONDENARLO ADEMAS A LA REPARACION INTEGRAL DEL DAÑO, INCLUYENDO EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE NO REPETICION DEL DELITO QUE CORRESPONDAN, DE LAS SEÑALADAS EN LA LEY GENERAL DE VICTIMAS.

Sobre este texto
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440f28ca7515…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Nuevo León)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (REFORMADO, P.O. 11 DE MARZO DE 2020); (REFORMADA, P.O. 15 DE JUNIO DE 2026); (REFORMADA, P.O. 15 DE JUNIO DE 2026); (REFORMADO, P.O. 15 DE JUNIO DE 2026)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.
  • Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.
  • conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.
  • Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.
  • Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto.

Transitorios (211 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 260, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-260/

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