Artículo 14 del Código Civil de Quintana Roo
Título preliminar. Disposiciones sobre la Ley en General
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Las sucesiones por causa de muerte de mexicano, sean o no quintanarroenses, que al ocurrir su defunción estén domiciliados en Quintana Roo, se regirán por este Código en lo que se refiere a la institución y substitución de herederos y legatarios, al derecho y orden de suceder, a la cuantía de las porciones hereditarias, a la validez intrínseca, ineficacia e inoficiosidad de los testamentos y en general a toda cuestión de fondo concerniente a tales sucesiones, sean testamentarias o legítimas.