Artículo 835 del Código Civil de Tamaulipas
Libro segundo. De los bienes · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo VII. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cuando los bienes unidos pueden separarse sin detrimento, y subsistir independientemente, los dueños respectivos pueden exigir la separación.