Artículo 124 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título octavo. De la extinción penal · Capítulo V. Rehabilitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
La rehabilitación quedará revocada de pleno derecho, si el rehabilitado comete un nuevo delito por el cual sea condenado en sentencia firme.