Artículo 153 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título primero. Delitos contra la seguridad del estado · Capítulo III. Sedición y otros desordenes públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
A los responsables de sedición se les castigará con sanción de dos meses a dos años de prisión.