Artículo 1420 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título cuarto. Efectos de las obligaciones efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capítulo tercero. De la repetición de la prestación hecha a título de pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El error a que se refiere el artículo anterior puede ser de hecho y recaer sobre la persona del acreedor o del deudor, o respecto a la existencia de la deuda.
Habrá error sobre la persona del acreedor, cuando el pago se ejecute a quien no tenga tal carácter, bajo el concepto falso de que sí lo tiene.
Habrá error sobre la persona del deudor, cuando el pago se ejecute por alguien que falsamente se estima deudor.