Artículo 261 de la Ley de Amparo
Segunda Parte. En Materia Penal · TÍTULO QUINTO. Medidas Disciplinarias y de Apremio, Responsabilidades, Sanciones y Delitos · CAPÍTULO III. Delitos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025
Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y multa de treinta a trescientos días:
I.A la persona quejosa, a su abogada o abogado autorizado o a ambos, si con el propósito de obtener una ventaja procesal indebida, en la demanda afirme hechos falsos u omita los que le consten en relación con el acto reclamado, siempre que no se reclamen actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales, y
II.A la persona quejosa o tercera interesada, a su abogada o abogado o a ambos, si en el juicio de amparo presenten testigos o documentos falsos.