Artículo 155 de la Ley del Seguro Social
TITULO SEGUNDO. DEL REGIMEN OBLIGATORIO · CAPITULO VI. DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ · SECCION SEGUNDA. DEL RAMO DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La contingencia consistente en la cesantía en edad avanzada, obliga al Instituto al otorgamiento de las prestaciones siguientes:
I.Pensión;
II.Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de este Título;
III.Asignaciones familiares, y
IV.Ayuda asistencial.