Artículo 63 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo tercero. Del Escalafón · Capitulo III
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Cuando se trate de vacantes temporales que no excedan de seis meses no se moverá el escalafón; el titular de la dependencia de que se trate nombrará y removerá libremente al empleado interino que deba cubrirla.