LFPA · Art. 20

Artículo 20 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Titulo tercero. Del procedimiento administrativo · Capitulo segundo. De los interesados

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación fungieren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante común o interesado que expresamente hayan señalado y, en su defecto, con el que figure en primer término.

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Cómo citar

Artículo 20, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-20/

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