Artículo 53 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Titulo tercero. Del procedimiento administrativo · Capitulo noveno. De la tramitacion
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Cuando las disposiciones legales así lo establezcan o se juzgue necesario, se solicitarán los informes u opiniones necesarios para resolver el asunto, citándose el precepto que lo exija o motivando, en su caso, la conveniencia de solicitarlos.