LFPA · Art. 82

Artículo 82 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Titulo quinto. Medidas de seguridad · Capitulo unico

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Las autoridades administrativas con base en los resultados de la visita de verificación o del informe de la misma, podrán dictar medidas de seguridad para corregir las irregularidades que se hubiesen encontrado, notificándolas al interesado y otorgándole un plazo adecuado para su realización. Dichas medidas tendrán la duración estrictamente necesaria para la corrección de las irregularidades respectivas.

Leer de corridodentro de Titulo quinto. Medidas de seguridad

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
4800aa4f5e67…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (9 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 82, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-82/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.