Artículo 141 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título segundo. De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capítulo IX. De las Licencias y Transmisión de Derechos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
La cancelación de la inscripción de una licencia procederá en cualquiera de los siguientes casos:
I.- Cuando la soliciten conjuntamente la persona titular de la patente o registro y la persona a la que se le haya concedido la licencia, en los términos de la legislación común;
II.- Por nulidad o caducidad de la patente o registro;
III.- Por el término de su vigencia, y
IV.- Por orden judicial.