Artículo 83 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo IX. De las garantías
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
El tiempo que duren las reparaciones efectuadas al amparo de la garantía no es computable dentro del plazo de la misma. Cuando el bien haya sido reparado se iniciará la garantía respecto de las piezas repuestas y continuará con relación al resto. En el caso de reposición del bien deberá renovarse el plazo de la garantía.