Artículo 33 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Titulo III. De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales · Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
A falta de estipulación expresa, toda transmisión de derechos patrimoniales se considera por el término de 5 años. Soló (sic DOF 24-12-1996) podrá pactarse excepcionalmente por más de 15 años cuando la naturaleza de la obra o la magnitud de la inversión requerida así lo justifique.