Artículo 46 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Titulo III. De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales · Capítulo II. Del Contrato de Edición de Obra Literaria
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
El autor conservará el derecho de hacer a su obra las correcciones, enmiendas, adiciones o mejoras que estime convenientes antes de que la obra entre en prensa.
Cuando las modificaciones hagan más onerosa la edición, el autor estará obligado a resarcir los gastos que por ese motivo se originen, salvo pacto en contrario.