LFDA · Art. 59

Artículo 59 de la Ley Federal del Derecho de Autor

Titulo III. De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales · Capítulo III. Del Contrato de Edición de Obra Musical

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026

Son causas de rescisión, sin responsabilidad para el autor o el titular del derecho patrimonial:

I.Que el editor no haya iniciado la divulgación de la obra dentro del término señalado en el contrato;

II.Que el editor incumpla su obligación de difundir la obra en cualquier tiempo sin causa justificada, y

III.Que la obra materia del contrato no haya producido beneficios económicos a las partes en el término de tres años, caso en el que tampoco habrá responsabilidad para el editor.

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Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»
  • Artículo 135: la fuente lo encabeza en plural («Artículos 135.-») aunque es un solo artículo; se lee como «Artículo».

Transitorios (17 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 59, Ley Federal del Derecho de Autor. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-59/

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