Artículo 500 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO NOVENO. Riesgos de Trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, la indemnización comprenderá:
I.Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios; y
II.El pago de la cantidad que fija el artículo 502.