Artículo 512-F de la Ley Federal del Trabajo
TITULO NOVENO. Riesgos de Trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en la promoción, aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, cuando se trate de empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la jurisdicción local.
Dicho auxilio será prestado en los términos de los artículos 527-A y 529.