Artículo 738 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO CATORCE. Derecho Procesal del Trabajo · CAPITULO VI. De los Términos Procesales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Transcurridos los términos fijados a las partes, se tendrá por perdido su derecho que debieron ejercitar, sin necesidad de acusar rebeldía.