Artículo 7 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Capítulo II. De las Autoridades
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
La Fiscalía contará con una Unidad Especializada en Análisis Financiero, como órgano especializado en análisis financiero y contable relacionado con operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La Unidad, cuyo titular tendrá el carácter de agente del Ministerio Público de la Federación, contará con oficiales ministeriales y personal especializados en las materias relacionadas con el objeto de la presente Ley, y estará adscrita a la oficina del Fiscal General de la República.
La Unidad podrá utilizar las técnicas y medidas de investigación previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.