Artículo 81 de la Ley General de Educación
Título Tercero. Del Sistema Educativo Nacional · Capítulo X. Del educando como prioridad en el Sistema Educativo Nacional
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El establecimiento de instituciones educativas que realice el Poder Ejecutivo Federal por conducto de otras dependencias de la Administración Pública Federal, así como la formulación de planes y programas de estudio para dichas instituciones, se harán en coordinación con la Secretaría. Dichas dependencias expedirán constancias, certificados, diplomas y títulos que tendrán la validez correspondiente a los estudios realizados.