LGE · Art. 55

Artículo 55 de la Ley General de Educación

Título Tercero. Del Sistema Educativo Nacional · Capítulo V. Del fomento de la investigación, la ciencia, las humanidades, la tecnología y la innovación

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

La Secretaría, en coordinación con los organismos y autoridades correspondientes, y de acuerdo con lo dispuesto en las leyes en la materia, establecerá los mecanismos de colaboración para impulsar programas de investigación e innovación tecnológica en las distintas instituciones públicas de educación superior.

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Cómo citar

Artículo 55, Ley General de Educación. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-55/

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