LGDNNA · Art. 101 Bis 2

Artículo 101 Bis 2 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

TÍTULO SEGUNDO. De los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes · Capítulo Vigésimo. Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso y uso seguro del Internet como medio efectivo para ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, entre otros, de conformidad con el principio de interdependencia, en términos de las disposiciones aplicables.

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  • Artículo adicionado DOF 20-06-2018

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 101 Bis 2, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-101-bis-2/

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