Artículo 17 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título segundo. Mecanismos de prevención e instrumentos de rendición de cuentas · Capítulo I. Mecanismos Generales de Prevención
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025
Los Órganos internos de control deberán evaluar anualmente el resultado de las acciones específicas que hayan implementado conforme a este Capítulo y proponer, en su caso, las modificaciones que resulten procedentes, informando de ello a la Secretaría en los términos que ésta establezca.