Artículo 64 Quáter de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título tercero. De las faltas administrativas de los servidores públicos y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves · Capítulo II. De las faltas administrativas graves de los Servidores Públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025
Será responsable de injerencia sindical la persona servidora pública que, por sí o por terceros, incurra en las conductas previstas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional o en las leyes equivalentes de las entidades federativas.