Artículo 157 Bis 8 de la Ley General de Salud
TITULO OCTAVO. Prevención y Control de Enfermedades y Accidentes · CAPÍTULO II BIS. Vacunación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Las vacunas deberán ser aplicadas por personal de salud capacitado para tal efecto.