Artículo 60 Quinquies de la Ley General de Salud
TITULO TERCERO. Prestación de los Servicios de Salud · CAPÍTULO IV BIS. De la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los integrantes del Sistema Nacional de Salud podrán suscribir los instrumentos jurídicos que permitan reconocer la competencia, procedimientos y determinaciones emitidas por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.