LGS · Art. 77 Bis 41

Artículo 77 Bis 41 de la Ley General de Salud

TÍTULO TERCERO BIS. De la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social. · Capítulo X. Suspensión de los servicios gratuitos de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social.

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Para fortalecer la cobertura en favor de las personas beneficiarias del Sistema de Salud Para el Bienestar, Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) integrará la información relativa al padrón de personas beneficiarias y la hará del conocimiento de la Secretaría de Salud, con la finalidad de que ésta la contraste, complemente y verifique con la información que cuentan las diversas instituciones del Sistema Nacional de Salud en sus respectivos registros de afiliación.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
130641da82c1…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 15-05-2003. Derogado DOF 29-11-2019. Adicionado DOF 29-05-2023

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • carácter de fuente Symbol restituido (α) en: «DEXTROPROPOXIFENO (-(+)α-4 dimetilamino-1,2-difenil-3-metil-2 butanol propionato…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (α) en: «ETORFINA (7,8 dihidro-7α(-1(R)-hidroxi-1-metilbutil)-06 metil-6-14-endoeteno-mor…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «TETRAHIDROCANNABINOL, las que sean o contengan en concentraciones mayores al 1%,…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «TETRAHIDROCANNABINOL, las que sean o contengan en concentraciones iguales o meno…»
  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1994»; los anteriores no están en este archivo.
  • Artículo 245: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Número de artículo repetido en la fuente: 268 Bis (la aparición 2 recibe la clave 268bis-dup2).
  • Número de artículo repetido en la fuente: 350 Bis (la aparición 2 recibe la clave 350bis-dup2).
  • Número de artículo repetido en la fuente: 401 Bis (la aparición 2 recibe la clave 401bis-dup2).
  • Número de artículo repetido en la fuente: 401 Bis (la aparición 3 recibe la clave 401bis-dup3).
  • Artículo 479: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».

Transitorios (147 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 77 Bis 41, Ley General de Salud. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-77-bis-41/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.