LGSM · Art. 117

Artículo 117 de la Ley General de Sociedades Mercantiles

Capitulo V. De la sociedad anónima · Seccion segunda. De las acciones

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023

La distribución de las utilidades y del capital social se hará en proporción al importe exhibido de las acciones.

Los suscriptores y adquirentes de acciones pagadoras serán responsables por el importe insoluto de la acción durante cinco años, contados desde la fecha del registro de traspaso; pero no podrá reclamarse el pago al enajenante sin que antes se haga excusión en los bienes del adquirente.

Leer de corridodentro de Seccion segunda. De las acciones

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
c3486886a618…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Reforma DOF 30-12-1982: Derogó del artículo los entonces párrafos primero y cuarto

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Fecha de última reforma: el documento dice 2023-10-20; index.htm dice 2025-12-26, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 26-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).
  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (14 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 117, Ley General de Sociedades Mercantiles. Texto vigente, última reforma DOF 20 oct 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-117/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.