Artículo 79 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo IV. De la sociedad de responsabilidad limitada
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
Todo socio tendrá derecho a participar en las decisiones de las asambleas, gozando de un voto por cada mil pesos de su aportación o el múltiplo de esta cantidad que se hubiere determinado, salvo lo que el contrato social establezca sobre partes sociales privilegiadas.