Artículo 115 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Titulo primero. De los Títulos de Crédito · Capitulo II. De la letra de cambio · Sección Cuarta. Del aval
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024
El avalista que paga la letra, tiene acción cambiaria contra el avalado y contra los que están obligados para con éste en virtud de la letra.