LGTOC · Art. 163

Artículo 163 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Titulo primero. De los Títulos de Crédito · Capitulo II. De la letra de cambio · Sección Novena. Acciones y Derechos que Nacen de la Falta de Aceptación y de la Falta de Pago

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024

La acción cambiaria de cualquier tenedor de la letra contra el aceptante por intervención y contra el aceptante de las letras domiciliadas caduca por no haberse levantado debidamente el protesto por falta de pago, o en el caso del artículo 141, por no haberse presentado la letra para su pago al domiciliatario o al aceptante por intervención dentro de los dos días hábiles que sigan al del vencimiento.

Leer de corridodentro de Sección Novena. Acciones y Derechos que Nacen de la Falta de Aceptación y de la Falta de Pago

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Transitorios (13 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 163, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-163/

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