Artículo 12 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título primero. Disposiciones generales · Capítulo II. De los Principios Generales · Sección Segunda. De los Principios en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
Los sujetos obligados en la generación, publicación y entrega de información, deberán:
I.Garantizar que esta sea accesible, confiable, completa, verificable, veraz y oportuna, atendiendo las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona, sin embargo, estará sujeta a un régimen de excepciones claramente definido, y
II.Procurar que se utilice un lenguaje inclusivo, claro y comprensible para cualquier persona, y en la medida de lo posible, su accesibilidad y traducción a lenguas indígenas.