LGTAIP · Art. 12

Artículo 12 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Título primero. Disposiciones generales · Capítulo II. De los Principios Generales · Sección Segunda. De los Principios en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025

Los sujetos obligados en la generación, publicación y entrega de información, deberán:

I.Garantizar que esta sea accesible, confiable, completa, verificable, veraz y oportuna, atendiendo las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona, sin embargo, estará sujeta a un régimen de excepciones claramente definido, y

II.Procurar que se utilice un lenguaje inclusivo, claro y comprensible para cualquier persona, y en la medida de lo posible, su accesibilidad y traducción a lenguas indígenas.

Leer de corridodentro de Título primero. Disposiciones generales

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
0808804f8606…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Línea del decreto de expedición, no de la ley, omitida del cuerpo (tras el artículo 216): «Artículo Segundo a Artículo Cuarto.- …….».

Transitorios (1 bloque)

Cómo citar

Artículo 12, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Texto vigente, última reforma DOF 20 mar 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-12/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.