Artículo 47 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título cuarto. Cultura de transparencia y apertura institucional · Capítulo I. De la Promoción de la Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
Los sujetos obligados en coordinación con las Autoridades garantes deberán capacitar y actualizar de forma permanente, a todas sus personas servidoras públicas en materia del derecho de acceso a la información, a través de los medios que se considere pertinentes.
Con el objeto de crear una cultura de la transparencia y acceso a la información entre las personas habitantes de los Estados Unidos Mexicanos, las Autoridades garantes podrán promover, en colaboración con instituciones educativas y culturales del sector público o privado, actividades, mesas de trabajo, exposiciones y concursos relativos a la transparencia y acceso a la información.